Estatuto de la AMP

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INTRODUCCIÓN.

Las Academias juntamente con las Universidades, representan el más alto nivel cultural de un pueblo y constituyen órganos propios de la sociedad civilizada, para la manifestación, promoción y acrecentamiento de las ciencias, de las artes y las letras. Su sola existencia, y libre actividad, es indicio útil para calificar una nación. La función que la Academia desempeña en la vida cultural de una nación, es de singular relieve, trascendencia y eficacia, pues en su seno se reúnen los hombres que tras largos estudios y una valorada obra personal con el caudal de una experiencia valiosa por decantada y diversa, y superando anacrónicos conceptos que oponían límite cronológico a la validez del intelecto, siguen aportando a la sociedad sus juicios y opiniones desde el sereno nivel que han alcanzado. La Academia debe regirse necesariamente por un sistema de libertad e independencia, condiciones imprescindibles para su normal funcionamiento. Ella debe fomentar, apoyar y promover el pensamiento en todo lo concerniente a la cultura, basado en los conceptos y buscando un fundamento de juicio. Los veintitrés Profesores Titulares que habiendo ejercido la jefatura de la cátedra por 10 o más años activos y retirados de ella, han constituido, según acta firmada de 24 septiembre de 1986, la Academia de Medicina del Paraguay para la cual adoptan los siguientes estatutos.

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